viernes, 4 de mayo de 2018

Campaña por la participación ciudadana sin tasas.

Desde el Colectivo Anticapitalista participamos de esta campaña a la que ya se han adherido 30 organizaciones de todo tipo y cerca de 220 personas a título individual, para pedir al Ayuntamiento que cese el cobro de tasas por el uso de espacios públicos en actividades informativas sin ánimo de lucro.
 
Necesitamos tu colaboración para difundir y colaborar en la segunda fase de la campaña, con la recogida de firmas en papel para registrar en el Ayuntamiento.
Puedes descargarte la HOJA DE FIRMAS en este enlace: https://goo.gl/H4L1fB
También confiamos en contar con vosotras/os en la acción pública prevista para el sábado 12 de mayo, de 12h a 13h, en la Plaza Mayor consistente en una concentración de manifestantes y la instalación de muchas mesas informativas (una por cada asociación firmante).
Puedes llevar las firmas que hayas recogido a la acción del día 12, o contactar antes del día 20 de mayo con cualquiera de las organizaciones firmantes, que puedes consultar en la siguiente web, donde también se muestra el manifiesto y materiales para ayudarnos a difundir la campaña: https://goo.gl/forms/ o6QPuI5hf5f4V1PI2

Si conoces a alguna organización/colectivo/asociac ión vecinal que desee instalar una mesa informativa, podéis escribir a participacion.sin.tasas@gmai l.com
 
No dudéis en contactarnos para cualquier duda o sugerencia.
Materiales para difundir la campaña:

MANIFIESTO UNITARIO

La ciudadanía burgalesa, a título individual o de forma organizada bajo el paraguas de entidades, colectivos, asociaciones o plataformas, cuenta con herramientas limitadas para divulgar su actividad, sus principios o simplemente concienciar de diversas cuestiones de interés comunitario a las vecinas y vecinos de esta localidad. Esta forma de participación social y divulgación de información de las diferentes personas y colectivos sociales que conforman el tejido asociativo de nuestra ciudad está estrechamente relacionada con el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión y manifestación, derechos fundamentales amparados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y por nuestra Constitución.

Estas herramientas, aunque diversificadas y potenciadas por el desarrollo de las nuevas tecnologías, siguen siendo necesariamente traducidas a día de hoy en la realización de actos, charlas, coloquios o mesas redondas, muchas veces llevadas a cabo en dependencias municipales, como es el caso de la Sala Polisón o las diferentes salas de los centros cívicos, o bien mediante la instalación de mesas informativas en la vía pública para la realización de actividades con muy diversos objetivos: recogida de firmas, reparto de octavillas, campañas de divulgación o de concienciación de diversas problemáticas sociales, etc., interactuando en persona con las vecinas y vecinos de nuestra ciudad.

Todas estas actividades tienen en común, al menos, dos factores fundamentales: por un lado, buscan desarrollar una sociedad más crítica, más informada, más activa, y, por otro, son actividades que las personas y los colectivos sociales llevan a cabo sin el objetivo de obtener ningún beneficio económico.

El Ayuntamiento de Burgos regula la realización de estas actividades por parte de personas a título individual o de entidades y colectivos mediante la ordenanza 213, que atiende la actividad en la vía pública; las ordenanzas 401 y 406, donde se regulan los diferentes espacios disponibles en los Centros Cívicos y las salas dependientes del Instituto Municipal de Cultura, así como mediante los diferentes reglamentos de cesión de espacios del IMC y de las salas de los Centros Cívicos.

La aplicación de estas ordenanzas por parte del Ayuntamiento de Burgos se hace de forma indiscriminada y arbitraria, generando situaciones injustas en el día a día, que impiden y dificultan la actividad tanto de las personas como del tejido asociativo burgalés. Por un lado, invocando la ordenanza 213, el Ayuntamiento de Burgos cobra una tasa a las entidades, asociaciones, colectivos y personas a título individual que llevan a cabo diversas actividades sociales en la vía pública, ocupando temporalmente el dominio público de dichos espacios, sin que estas actividades persigan una finalidad lucrativa, la misma tasa que aplica a empresas que sí persiguen generar un beneficio propio. Son muchos los ayuntamientos de nuestro país y nuestra propia Comunidad Autónoma que facilitan el desarrollo gratuito de estas actividades en la vía pública, cuando se constata que dichas actividades sociales no tienen afán lucrativo y son de interés social, como es el caso de Valladolid, Hospitalet, Granada, Málaga, Barcelona o Toledo, solo por nombrar algunas.

A pesar de las múltiples ocasiones en las que diferentes organizaciones políticas han intentado solucionar esta problemática, se sigue aplicando de esta forma injusta y desproporcionada esta ordenanza por la ocupación temporal del dominio público, incluso en sentido contrario a lo manifestado en un informe del Procurador del Común, que indica que el Ayuntamiento de Burgos está aplicando esta normativa “de manera un tanto forzada”, y que sugiere a la corporación municipal la modificación de esta ordenanza.

Por otro lado, en la aplicación de las otras dos ordenanzas, tanto la 406 en la utilización de salas dependientes del IMC como la 401 en el uso de salas de los Centros Cívicos, se da la circunstancia de que ambas sí contemplan la exención del pago de una tasa por la utilización de estos espacios públicos, pero ello depende de la arbitraria voluntad de la concejal responsable; por lo que el resultado es, si cabe, aún más injusto, pues se puede dar la paradójica situación de que a personas, entidades y colectivos entre cuyos fines no se encuentre por objeto el ánimo de lucro no se les conceda la exención de estos pagos, mientras empresas con claro ánimo de lucro no abonan cantidad alguna por la utilización de dichos espacios municipales.

Esta anómala situación, por lo tanto, impide el desarrollo adecuado de las diversas actividades sociales organizadas por parte del tejido asociativo y de la ciudadanía burgalesa en general, perjudicando la participación democrática, cultural, social y política de nuestras vecinas y vecinos y limitando injustificadamente sus derechos sociales. En una situación así no está de más recordar que somos las vecinas y vecinos de Burgos las que sufragamos el coste de estos espacios públicos que pertenecen al conjunto de la sociedad y no a quienes ocupan, de forma temporal, el gobierno municipal, y que por lo tanto el acceso a ellos debiera ser en las condiciones de igualdad y equidad más beneficiosas para la ciudadanía.

Por todo ello, las organizaciones, entidades, plataformas y personas abajo firmantes SOLICITAN al Ayuntamiento de Burgos la puesta en marcha de las siguientes dos iniciativas:

1. La modificación de las ordenanzas 213, 401 y 406 en el siguiente sentido:

 1. 1. No estarán sujetos a la ordenanza 213 las actividades que se realicen en vía pública por entidades sin ánimo de lucro, partidos políticos y otras entidades vecinales y asociativas para informar, difundir y promocionar sus actos propios de carácter social, político, cultural, de participación ciudadana, de fomento de valores cívicos y conductas humanitarias, de concienciación y sensibilización social y similares, que no persigan un fin lucrativo, sin perjuicio de la obligación de solicitar los permisos necesarios y aportar la documentación pertinente.

 1. 2. Las ordenanzas 401 y 406 eximirán del pago de tasas y precios públicos a los espacios utilizados para la realización de actividades que se realicen por entidades sin ánimo de lucro, partidos políticos y otras entidades vecinales y asociativas para informar, difundir y promocionar sus actos propios de carácter social, político, cultural, de participación ciudadana, de fomento de valores cívicos y conductas humanitarias, de concienciación y sensibilización social y similares que no persigan un fin lucrativo, mediante informe técnico municipal que lo avale, y sin perjuicio de la obligación de solicitar los permisos necesarios y aportar la documentación pertinente.

2. La inmediata paralización y archivo de todos los expedientes municipales en curso hasta la fecha, instruidos por el Ayuntamiento de Burgos, tramitados para el cobro de las referidas tasas devengadas, originados por la ocupación temporal de vía pública sobre aquellas entidades, colectivos, organizaciones o personas que hayan realizado actividades sociales en dichos espacios públicos y cuyo objeto no haya tenido por finalidad el ánimo de lucro.

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