martes, 27 de noviembre de 2018

Consulta popular “Monarquía o República”: ¡Hagamos historia!

Por Rosa García
(represaliada por el franquismo, milita en La Comuna)
El pasado 19 de noviembre se cumplían 85 años de la primera vez que las mujeres ejercieron su derecho al voto en España y aprovechando esa efeméride se presentó, en el Teatro del Barrio de Madrid, la campaña de la Consulta popular “Monarquía o República” que se va a realizar en más de 20 universidades y 50 barrios y pueblos[1].
El derecho al voto femenino, pionero respecto de otros países europeos como Francia, se recogía en la Constitución republicana de 1931, pero tras arduas deliberaciones en el Congreso donde destacó la decisiva y valiente defensa que hizo Clara Campoamor se hizo efectivo. El artículo 36 del Título III de la Constitución republicana establecía los mismos derechos electorales para todos los españoles mayores de 23 años, de uno u otro sexo, pero la concesión del voto femenino fue objeto de varias enmiendas en las que se ponía en tela de juicio la idoneidad de conceder ese derecho a las mujeres alegando motivos puramente machistas. El 1 de octubre de 1931 fue aprobado el voto femenino por 161 votos a favor, 121 en contra y 188 abstenciones.

La República representó en nuestra historia un período de libertades políticas desconocidas hasta entonces; de impulso de la cultura y la educación; de la sanidad pública; de los derechos de las mujeres, de los derechos laborales… el sueño de que una vida social más equilibrada y justa podía ser posible, aunque hay que señalar que la represión política se rebajó pero no cesó nunca, con casos muy sonados como el de Casas Viejas. El triunfo del Frente Popular, en 1936, representó una esperanza firme de mantener las libertades conquistadas y poder ampliarlas.
Todo quedó destruido tras del golpe de estado fascista y la posterior dictadura franquista. Las fuerzas reaccionarias de la oligarquía, la jerarquía eclesiástica, el ejército africanista y los terratenientes que habían estado complotando desde el principio contra la República, se aliaron con el fascismo de Mussolini y el nazismo de Hitler, para asestar un golpe militar que derrocara el gobierno legítimo republicano.
El pueblo se defendió de estas bestias negras como pudo: con pocas armas y mucho coraje, y resistió durante tres años a las potencias militares más importantes de la época, como eran Alemania e Italia. La bestialidad del ejército franquista y de sus matones falangistas y carlistas se cebó con los republicanos y republicanas causando cientos de miles de muertos, fusilados y asesinados, que aún siguen en las fosas y las cunetas.
Medio millón de mujeres y hombres, de todas las edades, marcharon al exilio. La dictadura franquista encarceló a decenas de miles de hombres y mujeres y se apropió de los bienes de millones de personas que no eran “adeptas” al régimen, a quienes expulsaron de sus puestos de trabajo en la administración, la judicatura, la enseñanza, la sanidad, correos, ferrocarriles, etc., condenándoles a la miseria más absoluta.
A pesar del terror y la durísima represión, nunca cesó la lucha contra la dictadura porque las luchadoras y los luchadores demócratas mantuvieron la resistencia. La legislación franquista equiparaba la huelga con delito de “lesa patria”[2] pero las luchas obreras se sucedieron desde el principio, al igual que las protestas contra el encarecimiento de los precios del transporte, de los alimentos, de los alquileres y la escasez de viviendas, así como las acciones de los presos y presas para obtener mejoras en sus pésimas condiciones de vida en las cárceles.
Y en esa resistencia, la consecución de una República era un pilar fundamental, un eje común a todas las organizaciones que se oponían a la dictadura.
La transición y sus “transicioneros”, los padres de la Constitución y sus “padrinos”, nos escamotearon la posibilidad de elegir la forma de estado, tras la muerte de Franco. Con la música de fondo del “ruido de sables” y la renuncia de los jefes de partidos históricamente republicanos, traicionando a sus propios militantes, se introdujo la monarquía impuesta por Franco con su célebre frase de “todo queda atado y bien atado”.
Se reinstauró una monarquía borbónica, asustadiza y cobarde por naturaleza, que siempre se ha atrincherado con lo peor de la sociedad: la iglesia, la inquisición, los espadones, los caciques y los oligarcas para defenderse de los tímidos embates de una burguesía hecha a su imagen y semejanza y la resistencia valerosa del pueblo, sufrió sus zarpazos.
Durante la dictadura y la transición las paredes eran nuestras redes sociales y las pintadas nuestros tuits. Existía el riesgo de ser juzgado por la antigua Audiencia Nacional (el llamado Tribunal de Orden Público), y ese riesgo era alto o muy alto, previo paso por comisarías o cuartelillos, incluso de ser tiroteados y asesinados, como le sucedió a Javier Verdejo en Almería, asesinado por un guardia civil en 1976, cuando estaba haciendo una pintada que decía “Pan, trabajo y libertad”. Pero eso no nos echaba para atrás, había que hacerlo porque era una de las pocas formas que teníamos de mostrar nuestro mensaje político a la población.
Al principio de la transición se hizo famosa una pintada que decía: “Si el aborto es ilegal, Juan Carlos también lo es”. Certera consigna. Particularmente, si nos atenemos a la cuarta acepción que la RAE da a la palabra aborto: “engendro, monstruo, abominable”. Esto definiría claramente lo que es una monarquía, un engendro político, un monstruo antidemocrático y abominable. Porque no hay monarquía aceptable, monarquía y democracia es un oxímoron, es una absoluta contradicción.
Y lo malo es que continúa la saga de los borbones con el actual rey que ha dado suficientes muestras de su talante reaccionario como para demostrar lo que decíamos: Monarquía y democracia son antagónicas.
Ya sabemos lo que ha dado de sí este régimen monárquico del 78: la impunidad del franquismo, su permanencia en todas las instituciones (judicatura, ejército, policía, administración), su incapacidad para resolver cualquier conflicto, su prepotencia, su soberbia, su estulticia y su brutalidad. Y hasta aquí hemos llegado.
Sucede que nuestra sociedad está más adelantada que nuestros gobernantes y son ellos los que deben quedar atrás.
Nosotros avanzamos y el día 2 de diciembre se realizará en Madrid (desconocemos la fecha fijada en otras ciudades) la consulta popular “Monarquía o República”. Es una cita muy importante con un decidido y organizado trabajo detrás, que nos permitirá dar luz a lo que nos escamotearon: Nuestro derecho a decidir la forma de estado, República o monarquía borbónica. Recordemos que unas elecciones municipales dieron paso a la II República en 1931.
No hay paso pequeño, solo es insignificante si no se da.
La historia siempre está por hacer, con la consulta popular: ¡Hagámosla!
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[1] Más información en: http://www.monarquiaorepublica.org
[2] El Fuero del Trabajo de 1938, establecía que “los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán considerados como delitos de lesa
Patria”. La ley de Rebelión militar de 2 de marzo de 1943 consideraba que tenían carácter de rebelión militar “los plantes, huelgas, sabotajes, uniones de productores y demás actos análogos cuando persigan un fin político y causen trastornos al orden público”. Y el Código Penal de 1944 volvía a establecer que los huelguistas serían “reos de delito de rebelión”
Después de las luchas laborales de los años 50 y tras la Ley de Convenios Colectivos de 1958 que intentaba arreglar estos hechos, los conflictos laborales que se movieran en los estrechos cauces del Sindicato vertical eran más o menos tolerados. Sin embargo, la Ley de Orden Público de 1959 declara que “son actos contrarios al orden público: … los paros colectivos y los cierres o suspensiones ilegales de Empresas, así como provocar o dar ocasión a que se produzcan unos y otros”. A partir de 1963 son el Juzgado y Tribunal de Orden Público los que se hacen cargo del “delito de huelga”.
Y, por último, y para que no hubiera malos entendidos, el Código Penal de 1965 aclara que “Serán considerados como reos de sedición los patronos y obreros que, con el fin de atentar contra la seguridad del Estado, perjudicar su autoridad, perturbar su normal actividad, o de manera grave, la producción nacional, suspendieren o alteraren la regularidad del trabajo”. J.M. Almansa. La Huelga Laboral en España. 1967.

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